A nivel internacional la redomiciliación de sociedades resulta una operación de restructuración cada vez más frecuente, cuyas implicaciones y consecuencias dependen del criterio interpretativo de las autoridades de los países intervinientes.
Son numerosos los Grupos multinacionales que optan por la redomiciliación de sociedades como una vía para evitar los costes implícitos en alternativas tales como fusiones transfronterizas o liquidaciones de sociedades.







• Diferencias entre redomiciliación fiscal y redomiciliación fiscal y legal para sociedades que salen de España.
• Diferencias entre redomiciliación fiscal y redomiciliación fiscal y legal para sociedades que son redomiciliadas hacia España.
• Consideraciones prácticas a tener en cuenta sobre los convenios de doble imposición en ambos casos.
• Trámites mercantiles que conlleva la redomiciliación de una sociedad extranjera en España.
• Principales diferencias en el caso de que el país pertenezca o no a la Unión Europea: especial referencia a Holanda, Reino Unido y Luxemburgo.
• Trámites mercantiles que conlleva la redomiciliación de España hacia países del extranjero: especial referencia a Holanda Reino Unido, Luxemburgo y Perú, entre otros.
• Consideraciones sobre la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad.
• Principales problemas que surgen en la redomiciliación de sociedades.
• Consideraciones y principales focos de atención a tener en cuenta.
• Regulación fiscal del traslado de domicilio.
• Consideraciones prácticas en el Impuesto sobre Sociedades de la redomiciliación de sociedades en España.
• Traslado de domicilio fuera de España: exit tax.
• Especial referencia en el caso de que el país al que se traslada la sociedad tenga suscrito con España un trato de doble imposición o no.
• Tratamiento del traslado a un país de la Unión Europea.
• Consecuencias de la salida de España de una sociedad integrada en un grupo fiscal.
• Posibilidad de aprovechamiento de los créditos fiscales pendientes.
• Implicaciones desde el punto de vista de fecha de entrada en el grupo, créditos fiscales pendientes por parte del grupo y su efecto en los gastos financieros del grupo de sociedades extranjeras que trasladen su domicilio a España y se integre en el grupo de consolidación.
• Forma jurídica de las sociedades que mantengan su domicilio social en el extranjero y trasladen su residencia fiscal a España; posibilidad en este caso de integración en el grupo de consolidación fiscal.
• Moneda funcional y moneda extranjera.
• Tratamiento contable de las actividades en moneda extranjera.
• Aspectos a considerar en la contabilidad de las sucursales en el extranjero. Especial referencia al efecto impositivo.
• Aspectos a considerar por las sociedades españolas con moneda funcional distinta del euro.
• Soluciones para eliminar la doble imposición por unos beneficios ya tributados en el extranjero, en el caso de una sociedad que traslade su domicilio a España.
• Supuesto en el caso de que los beneficios tributados en el extranjero hayan permitido utilizar créditos fiscales y no hayan generado un impuesto efectivo a pesar de que exista un impuesto nominal.
• Consecuencias a efectos de doble imposición de los efectos retroactivos del traslado de residencia.
• Tratamiento en España e implicaciones en función del tratamiento fiscal que hayan recibido en el extranjero de las amortizaciones, deterioros y provisiones registradas en el extranjero.
• Supuestos que hacen inevitable la doble imposición.
• Consecuencias de la salida de España de una sociedad integrada en un grupo fiscal.
• Posibilidad de aprovechamiento de los créditos fiscales pendientes.
• Implicaciones desde el punto de vista de fecha de entrada en el grupo, créditos fiscales pendientes por parte del grupo y su efecto en los gastos financieros del grupo de sociedades extranjeras que trasladen su domicilio a España y se integre en el grupo de consolidación.
• Forma jurídica de las sociedades que mantengan su domicilio social en el extranjero y trasladen su residencia fiscal a España; posibilidad en este caso de integración en el grupo de consolidación fiscal.
• Diferencias entre redomiciliación fiscal y redomiciliación fiscal y legal para sociedades que salen de España.
• Diferencias entre redomiciliación fiscal y redomiciliación fiscal y legal para sociedades que son redomiciliadas hacia España.
• Consideraciones prácticas a tener en cuenta sobre los convenios de doble imposición en ambos casos.
• Trámites mercantiles que conlleva la redomiciliación de una sociedad extranjera en España.
• Principales diferencias en el caso de que el país pertenezca o no a la Unión Europea: especial referencia a Holanda, Reino Unido y Luxemburgo.
• Trámites mercantiles que conlleva la redomiciliación de España hacia países del extranjero: especial referencia a Holanda Reino Unido, Luxemburgo y Perú, entre otros.
• Consideraciones sobre la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad.
• Principales problemas que surgen en la redomiciliación de sociedades.
• Consideraciones y principales focos de atención a tener en cuenta.
• Regulación fiscal del traslado de domicilio.
• Consideraciones prácticas en el Impuesto sobre Sociedades de la redomiciliación de sociedades en España.
• Traslado de domicilio fuera de España: exit tax.
• Especial referencia en el caso de que el país al que se traslada la sociedad tenga suscrito con España un trato de doble imposición o no.
• Tratamiento del traslado a un país de la Unión Europea.
• Moneda funcional y moneda extranjera.
• Tratamiento contable de las actividades en moneda extranjera.
• Aspectos a considerar en la contabilidad de las sucursales en el extranjero. Especial referencia al efecto impositivo.
• Aspectos a considerar por las sociedades españolas con moneda funcional distinta del euro.
• Soluciones para eliminar la doble imposición por unos beneficios ya tributados en el extranjero, en el caso de una sociedad que traslade su domicilio a España.
• Supuesto en el caso de que los beneficios tributados en el extranjero hayan permitido utilizar créditos fiscales y no hayan generado un impuesto efectivo a pesar de que exista un impuesto nominal.
• Consecuencias a efectos de doble imposición de los efectos retroactivos del traslado de residencia.
• Tratamiento en España e implicaciones en función del tratamiento fiscal que hayan recibido en el extranjero de las amortizaciones, deterioros y provisiones registradas en el extranjero.
• Supuestos que hacen inevitable la doble imposición.
En particular se analizarán:
Por todo ello, esperamos tener la oportunidad de saludarle el próximo 24 de noviembre en el Hotel Palace de Madrid.
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