A la entrada en vigor en 2015 de una nueva normativa del Impuesto de Sociedades, hay que añadir ahora el paquete de medidas aprobadas con carácter de urgencia en diciembre de 2016 con efectos 1 de enero del mismo año






• Reversión gradual de los deterioros fiscalmente deducidos hasta 2013 por quintas partes.
• Propuesta de Directiva de base imponible común.
• Compensación de bases imponibles negativas.
• Limitación a la compensación de deducciones por doble imposición.
• Criterios fiscales de la recuperación de la corrección de valor de participaciones en el capital.
• Tratamiento fiscal de los dividendos, plusvalías y minusvalías procedentes de participaciones en el capital de entidades residentes en territorio español, adquiridas en períodos impositivos iniciados antes del 1-1-2015.
• Tratamiento fiscal de los dividendos, plusvalías y minusvalías procedentes de participaciones en el capital adquiridas en períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2015.
• Régimen fiscal de las deducciones pendientes generadas en períodos iniciados antes del 1-1-2015.
• Régimen fiscal de operaciones de concentración entre entidades en las que la participación se ha adquirido en períodos iniciados antes del 1-1-2015.
• Nuevo régimen de aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias.
• Inadmisión del aplazamiento de los pagos fraccionados.
• Puesta en marcha del SII.
• Los activos corrientes y diferidos.
• Especial referencia al reconocimiento y valoración de los activos por impuestos diferidos.
• Consecuencias contables de las principales novedades introducidas por Real Decreto – Ley 3/2016 de 2 de diciembre.
• Implicaciones contables de los regímenes especiales de tributación.
• Novedades interpretativas en relación con el perímetro de consolidación.
• Criterios para la determinación de la base imponible consolidada.
• Reglas para la compensación de bases imponibles
• Acuerdos para la valoración de los créditos y débitos recíprocos por la aplicación del régimen.
• Nuevas obligaciones de documentación en el ejercicio 2016 (Masterfile, Localfile e Informe País por País).
• Contabilización de las operaciones vinculadas y valor fiscal declarado.
• Perímetro contable vs. perímetro fiscal.
• Implicaciones prácticas de la nueva normativa internacional de la OCDE (BEPS): Alineación de la cadena de valor y la política de precios de transferencia, intangibles, financiación,…
• Situación jurisprudencial en torno a los precios de transferencia..
• Deducción por doble imposición.
• Fiscalidad asociada a la financiación.
• Compensación de bases imponibles negativas.
• Deterioros.
• Limitación en la deducción de gastos financieros.
• Subrogación en el derecho a la compensación de bases imponibles negativas.
• Aplicación preferente del régimen especial de diferimiento.
• Régimen transitorio.
• Reversión gradual de los deterioros fiscalmente deducidos hasta 2013 por quintas partes.
• Propuesta de Directiva de base imponible común.
• Compensación de bases imponibles negativas.
• Limitación a la compensación de deducciones por doble imposición.
• Criterios fiscales de la recuperación de la corrección de valor de participaciones en el capital.
• Tratamiento fiscal de los dividendos, plusvalías y minusvalías procedentes de participaciones en el capital de entidades residentes en territorio español, adquiridas en períodos impositivos iniciados antes del 1-1-2015.
• Tratamiento fiscal de los dividendos, plusvalías y minusvalías procedentes de participaciones en el capital adquiridas en períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2015.
• Régimen fiscal de las deducciones pendientes generadas en períodos iniciados antes del 1-1-2015.
• Régimen fiscal de operaciones de concentración entre entidades en las que la participación se ha adquirido en períodos iniciados antes del 1-1-2015.
• Nuevo régimen de aplazamiento y fraccionamiento de deudas tributarias.
• Inadmisión del aplazamiento de los pagos fraccionados.
• Puesta en marcha del SII.
• Los activos corrientes y diferidos.
• Especial referencia al reconocimiento y valoración de los activos por impuestos diferidos.
• Consecuencias contables de las principales novedades introducidas por Real Decreto – Ley 3/2016 de 2 de diciembre.
• Implicaciones contables de los regímenes especiales de tributación.
• Novedades interpretativas en relación con el perímetro de consolidación.
• Criterios para la determinación de la base imponible consolidada.
• Reglas para la compensación de bases imponibles
• Acuerdos para la valoración de los créditos y débitos recíprocos por la aplicación del régimen.
• Nuevas obligaciones de documentación en el ejercicio 2016 (Masterfile, Localfile e Informe País por País).
• Contabilización de las operaciones vinculadas y valor fiscal declarado.
• Perímetro contable vs. perímetro fiscal.
• Implicaciones prácticas de la nueva normativa internacional de la OCDE (BEPS): Alineación de la cadena de valor y la política de precios de transferencia, intangibles, financiación,…
• Situación jurisprudencial en torno a los precios de transferencia..
• Deducción por doble imposición.
• Fiscalidad asociada a la financiación.
• Compensación de bases imponibles negativas.
• Deterioros.
• Limitación en la deducción de gastos financieros.
• Subrogación en el derecho a la compensación de bases imponibles negativas.
• Aplicación preferente del régimen especial de diferimiento.
• Régimen transitorio.
A todo ello hay que añadir las últimas novedades contables introducidas por la resolución del ICAC sobre el IS: la reserva de capitalización y exención de dividendos y plusvalías, entre otras, que tiene importantes implicaciones contables en los regímenes especiales de tributación.
Todas estas normas, como señalan los expertos, tienen, en muchas ocasiones, un importante grado de ambigüedad, con lo que pueden generar importantes conflictos interpretativos en el futuro.
Con este panorama, resulta fundamental el conocimiento detallado de la nueva tributación delas empresas para poder adaptarse minimizando los gastos y riesgos, y aprovechando las oportunidades que ofrece la nueva ley, de la mano de los principales expertos en la materia.